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El 15 de agosto de 2006 se publicó la Ley N.º 28874, Ley que regula la Publicidad Estatal, norma mediante la cual el Estado peruano estableció el marco jurídico aplicable a la difusión de publicidad por parte de las entidades públicas, con el objetivo de garantizar el uso responsable, transparente y eficiente de los recursos públicos, así como el respeto a los principios que rigen la administración pública.
Desde una perspectiva jurídica, la Ley N.º 28874 se sustenta en los principios constitucionales de legalidad, eficiencia, neutralidad política, transparencia y austeridad en el gasto público. La norma tiene como finalidad evitar el uso indebido de la publicidad estatal con fines proselitistas, de autopromoción de autoridades o de manipulación de la opinión pública, asegurando que la información difundida por el Estado responda exclusivamente a fines de interés público.
La ley establece que la publicidad estatal debe ser objetiva, veraz, necesaria y oportuna, circunscribiéndose a la difusión de servicios públicos, campañas de interés social, información institucional indispensable y mensajes orientados a la protección de derechos fundamentales. Asimismo, prohíbe expresamente la inclusión de nombres, imágenes, voces o símbolos que permitan identificar o promocionar a autoridades, funcionarios o servidores públicos, reforzando el principio de neutralidad del Estado.
En el ámbito del Derecho Administrativo, la Ley N.º 28874 regula los procedimientos para la contratación de publicidad estatal, imponiendo criterios de racionalidad y control en el gasto, así como mecanismos de supervisión y fiscalización. El incumplimiento de sus disposiciones puede generar responsabilidad administrativa, civil o penal, según la naturaleza de la infracción, lo que evidencia el carácter vinculante y coercitivo de la norma.
Desde el punto de vista del Derecho Constitucional, esta ley guarda una estrecha relación con la protección de la libertad de información y el derecho de la ciudadanía a recibir información pública adecuada, sin interferencias indebidas ni utilización arbitraria de los recursos del Estado. De este modo, se busca preservar el equilibrio entre el deber estatal de informar y la obligación de no distorsionar el debate público.
La publicación de la Ley N.º 28874 representó un avance significativo en la consolidación de prácticas democráticas y de buen gobierno, al establecer límites claros al ejercicio de la comunicación institucional y fortalecer los mecanismos de control sobre el uso de fondos públicos. Esta regulación contribuyó a reforzar la confianza ciudadana en la gestión pública y a prevenir actos de corrupción o abuso de poder.
En consecuencia, la efeméride del 15 de agosto reviste especial relevancia jurídica e institucional, al marcar la entrada en vigencia de una norma orientada a garantizar la transparencia, la neutralidad y la correcta utilización de la publicidad estatal, en armonía con los principios del Estado constitucional de derecho y la protección del interés público.
