Relacionados
El 24 de agosto de 2018 se promulgó el Decreto Legislativo N.º 1377, norma que fortalece la protección integral de las niñas, niños y adolescentes, introduciendo modificaciones sustanciales en el ordenamiento jurídico peruano con el objetivo de garantizar de manera más efectiva sus derechos fundamentales y adecuar la legislación interna a los estándares internacionales en materia de derechos de la niñez.
Desde una perspectiva jurídica, el Decreto Legislativo N.º 1377 profundiza el enfoque de protección integral consagrado en la Convención sobre los Derechos del Niño, reconociendo a las niñas, niños y adolescentes como sujetos plenos de derechos y reforzando el principio del interés superior del niño como criterio rector en toda decisión administrativa, judicial o legislativa que los involucre. La norma busca superar prácticas tutelares y formalistas, privilegiando una respuesta estatal centrada en la garantía efectiva de derechos.
El decreto introdujo modificaciones relevantes al Código de los Niños y Adolescentes y a otras normas conexas, fortaleciendo las medidas de protección frente a situaciones de violencia, negligencia, abuso, explotación y abandono. Asimismo, precisó las competencias y responsabilidades de las entidades públicas, especialmente de los sectores justicia, salud, educación y desarrollo social, para asegurar una intervención oportuna, articulada y eficaz.
Desde el punto de vista del Derecho de Familia, el Decreto Legislativo N.º 1377 reforzó las disposiciones relativas a la responsabilidad parental, la tenencia, el régimen de visitas y las medidas de protección, orientándolas de manera expresa al bienestar integral de las niñas, niños y adolescentes. Del mismo modo, promovió mecanismos más ágiles para la restitución de derechos vulnerados y para la adopción de decisiones judiciales basadas en criterios de urgencia y necesidad.
En el ámbito del Derecho Procesal, la norma contribuyó a fortalecer los procedimientos especiales en materia de niñez y adolescencia, priorizando la celeridad, la oralidad y la escucha activa del niño, conforme a su edad y grado de madurez. Este enfoque responde a la obligación del Estado de garantizar el acceso a la justicia en condiciones adecuadas para las personas menores de edad, reconociendo su situación de especial vulnerabilidad.
Desde una perspectiva de derechos humanos, el Decreto Legislativo N.º 1377 refuerza el deber del Estado de prevenir la violencia contra la niñez y de actuar con diligencia reforzada frente a cualquier forma de vulneración de derechos, incorporando un enfoque intersectorial y de corresponsabilidad entre la familia, la sociedad y el Estado.
En consecuencia, la efeméride del 24 de agosto reviste una especial relevancia jurídica y social, al marcar la promulgación de una norma que fortalece el sistema de protección integral de las niñas, niños y adolescentes, consolida el enfoque de derechos humanos en la legislación nacional y reafirma el compromiso del Estado peruano con la garantía efectiva de los derechos de la niñez y adolescencia.
