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El 20 de octubre, fecha en la que se publica la Ley N.ยฐ 29792, ley de creaciรณn, organizaciรณn y funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusiรณn Social (MIDIS), constituye una efemรฉride jurรญdica de especial relevancia en el proceso de institucionalizaciรณn de las polรญticas sociales del Estado peruano y en la consolidaciรณn del enfoque de derechos en materia de desarrollo humano e inclusiรณn social. Esta norma marcรณ un punto de inflexiรณn en la estructura del Poder Ejecutivo, al establecer un ente rector especializado en la lucha contra la pobreza y la desigualdad.
Desde una perspectiva constitucional, la creaciรณn del MIDIS se vincula directamente con los fines esenciales del Estado, orientados a promover el bienestar general, la justicia social y el desarrollo integral de la persona humana. La Ley N.ยฐ 29792 responde a la obligaciรณn estatal de garantizar condiciones mรญnimas de vida digna, especialmente para los sectores en situaciรณn de vulnerabilidad, materializando el principio de igualdad material y el deber de adoptar polรญticas pรบblicas diferenciadas para reducir brechas sociales.
En el รกmbito del derecho administrativo, la ley establece un marco orgรกnico y funcional que define competencias claras, mecanismos de articulaciรณn intersectorial y responsabilidades especรญficas en la formulaciรณn, ejecuciรณn y evaluaciรณn de polรญticas sociales. La creaciรณn del MIDIS permitiรณ ordenar y coordinar programas sociales previamente dispersos, fortaleciendo la eficiencia de la administraciรณn pรบblica y la racionalidad en el uso de los recursos pรบblicos, en concordancia con los principios de legalidad, eficacia y buena administraciรณn.
Desde la perspectiva del derecho social y de los derechos humanos, la Ley N.ยฐ 29792 introduce un enfoque de inclusiรณn que reconoce a las personas en situaciรณn de pobreza y vulnerabilidad como titulares de derechos y no solo como beneficiarios de asistencia estatal. Este enfoque implica obligaciones jurรญdicas para el Estado en tรฉrminos de acceso efectivo a servicios bรกsicos, protecciรณn social, nutriciรณn, educaciรณn y desarrollo de capacidades, reforzando el carรกcter exigible de los derechos sociales en el marco del Estado constitucional.
Asimismo, la creaciรณn del Ministerio de Desarrollo e Inclusiรณn Social tiene una incidencia relevante en la planificaciรณn y ejecuciรณn de polรญticas pรบblicas basadas en evidencia, orientadas a la reducciรณn sostenible de la pobreza. La ley establece funciones vinculadas al monitoreo y evaluaciรณn de programas sociales, lo que fortalece la rendiciรณn de cuentas, la transparencia y el control del cumplimiento de los objetivos sociales, elementos esenciales para la legitimidad de la acciรณn estatal.
Desde una perspectiva institucional, la Ley N.ยฐ 29792 refuerza el rol del Estado como garante de la cohesiรณn social y de la inclusiรณn, promoviendo la coordinaciรณn entre los distintos niveles de gobierno y la participaciรณn de actores pรบblicos y privados. Esta articulaciรณn resulta fundamental para asegurar que las polรญticas sociales tengan un impacto real y sostenible, respetando los principios de descentralizaciรณn y subsidiariedad.
En conclusiรณn, el 20 de octubre, como fecha de publicaciรณn de la Ley N.ยฐ 29792, representa una efemรฉride jurรญdica de alto valor en la historia reciente del ordenamiento jurรญdico peruano. La creaciรณn del Ministerio de Desarrollo e Inclusiรณn Social consolidรณ un marco normativo e institucional orientado a la reducciรณn de la pobreza y la promociรณn de la inclusiรณn social, reafirmando el compromiso del Estado peruano con la justicia social, la igualdad material y la efectividad de los derechos fundamentales.
