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El Día Mundial del Medio Ambiente, conmemorado cada 05 de junio, tiene como objetivo sensibilizar a los Estados, instituciones y a la ciudadanía sobre la protección del medio ambiente, el uso sostenible de los recursos naturales y la responsabilidad compartida en la prevención del daño ambiental. Esta fecha cobra especial relevancia en países como el Perú, caracterizados por su alta biodiversidad y por la coexistencia de actividades productivas, como la minería, con ecosistemas frágiles y comunidades locales.
Desde el plano constitucional, la Constitución Política del Perú, en su artículo 2, inciso 22, reconoce el derecho fundamental de toda persona a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado para el desarrollo de su vida. Asimismo, el artículo 66 establece que los recursos naturales son patrimonio de la Nación y que el Estado es soberano en su aprovechamiento, debiendo promover su uso sostenible. El artículo 67 refuerza esta obligación al disponer que el Estado determina la política nacional del ambiente y promueve el desarrollo sostenible.
En el ámbito legal, la Ley N.° 28611 – Ley General del Ambiente, constituye el marco normativo principal en materia ambiental, estableciendo principios como la prevención, la responsabilidad ambiental, el desarrollo sostenible y la participación ciudadana. Esta ley impone obligaciones tanto al Estado como a las personas naturales y jurídicas para prevenir, mitigar y reparar los daños al medio ambiente, especialmente en el desarrollo de actividades extractivas e industriales.
Asimismo, la Ley N.° 27446 – Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) exige que los proyectos de inversión, incluyendo los mineros, cuenten con instrumentos de gestión ambiental que permitan identificar, prevenir y controlar los impactos negativos sobre el entorno natural y social, garantizando la protección de la salud y los derechos de la población.
En este contexto, la referencia a la Convención o acuerdos vinculados a CENTROMIN Chancay se relaciona con los compromisos asumidos por empresas, trabajadores y autoridades para promover una gestión ambiental responsable en zonas de influencia minera. Dichos acuerdos se enmarcan en el principio de responsabilidad social y ambiental empresarial, orientados a la prevención de la contaminación, la protección de los recursos hídricos, del suelo y del aire, así como al respeto de los derechos de las comunidades locales.
Desde una perspectiva institucional, el Ministerio del Ambiente (MINAM) y los organismos de fiscalización ambiental, como el OEFA, tienen la función de supervisar el cumplimiento de la normativa ambiental, imponer sanciones ante infracciones y promover buenas prácticas ambientales en actividades productivas, incluyendo las de origen minero–industrial.
En conclusión, el Día Mundial del Medio Ambiente reafirma que la protección ambiental es un derecho fundamental y un deber jurídico del Estado, las empresas y la ciudadanía. La adopción de compromisos ambientales, como los vinculados a CENTROMIN Chancay, contribuye a la construcción de un modelo de desarrollo sostenible que compatibiliza la actividad económica con la protección del medio ambiente, la salud pública y el bienestar de las generaciones presentes y futuras.
